DERECHO DE PETICIÓN DERLYS
1. El derecho a la salud en la Constitución Política
El derecho a la salud en Colombia está consagrado principalmente en el Artículo 49 de la Constitución Política. Este artículo establece que la atención en salud es un servicio público esencial a cargo del Estado, que debe garantizar a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.
Además, el Artículo 48 menciona la seguridad social, que incluye la salud, como un servicio público de carácter obligatorio. Es importante tener en cuenta que la Ley Estatutaria 1751 de 2015 elevó el derecho a la salud a la categoría de derecho fundamental autónomo e irrenunciable, lo que fortalece su protección.
2. Leyes y decretos al respecto
La normativa sobre el derecho a la salud en Colombia es extensa, pero las principales leyes y decretos son:
Ley 100 de 1993: Creó el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), que establece el régimen contributivo y el subsidiado.
Ley Estatutaria 1751 de 2015: Es la ley más importante y reciente sobre el derecho a la salud. Define que la salud es un derecho fundamental y establece principios como la integralidad (se debe garantizar la prestación de todos los servicios necesarios para la salud) y la continuidad (la atención no puede ser interrumpida por razones administrativas o económicas).
Decreto 780 de 2016: Es el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social. Compila y reglamenta gran parte de la normativa del sector.
En cuanto a la vacunación contra el VPH, la normativa colombiana actual, dentro del Plan Ampliado de Inmunizaciones (PAI), generalmente cubre a la población de niñas y niños de 9 a 17 años. No obstante, la Ley Estatutaria y los principios de integralidad y continuidad pueden ser argumentos para solicitar la vacuna en casos especiales.
Derecho de Petición
[Tu Nombre Completo][Tu Número de Cédula]
[Tu Dirección de Residencia]
[Tu Teléfono de Contacto]
[Tu Correo Electrónico]
Fecha: [Fecha actual]
Señores
CAPRESOCA EPS
Asunto: Derecho de Petición - Solicitud de reembolso de dinero y autorización de vacuna Gardasil VPH.
Referencia: Negación de la vacuna contra el VPH (Gardasil) en mi condición de paciente oncológica.
Yo, [Tu Nombre Completo], identificada con cédula de ciudadanía No. [Tu Número de Cédula], en ejercicio del derecho fundamental de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, y regulado por la Ley 1755 de 2015, me dirijo a ustedes de manera respetuosa y con el debido sustento para solicitar lo siguiente:
HECHOS:
Soy paciente oncológica, diagnosticada con [Nombre de tu diagnóstico de cáncer].
Mi médico tratante, [Nombre del médico, especialidad y número de registro], formuló la vacuna Gardasil contra el VPH como parte de mi plan de tratamiento, con el fin de [Menciona la justificación médica dada por tu doctor, por ejemplo, "evitar la reinfección con otros serotipos del virus, prevenir futuras complicaciones o proteger mi sistema inmune"].
A pesar de la formulación médica, su EPS, Capresoca, negó la autorización de la vacuna, argumentando que [Menciona el argumento que te dieron, por ejemplo, "no está incluida en el PBS para mi grupo de edad"].
Ante la negativa, me vi obligada a adquirir de forma particular [Número] dosis de la vacuna Gardasil, invirtiendo la suma de [Valor total del dinero que gastaste], lo cual consta en las facturas que adjunto a este documento.
A la fecha, me encuentro pendiente de una [Número] dosis adicional de la vacuna para completar el esquema y no he recibido una respuesta satisfactoria por parte de la EPS.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Derecho a la salud como derecho fundamental (Artículo 49 de la C.P. y Ley 1751 de 2015): La salud es un derecho autónomo y mi EPS tiene la obligación de garantizarme el acceso a los servicios de salud de forma oportuna, eficaz y con calidad.
Principio de integralidad: La Ley Estatutaria 1751 de 2015 establece que el servicio de salud debe ser proporcionado de manera completa para la recuperación y rehabilitación del paciente. La negación de una vacuna formulada por mi médico tratante, en el contexto de mi diagnóstico oncológico, vulnera este principio.
Principio de continuidad: La interrupción de un tratamiento médico por razones administrativas o económicas es una práctica prohibida por la ley. La negación de la vacuna interrumpe un plan de tratamiento recomendado por mi especialista.
Reembolso de gastos médicos: La jurisprudencia y la normativa del Ministerio de Salud reconocen la posibilidad de reembolso de gastos en casos donde la EPS niega injustificadamente un servicio y el paciente debe incurrir en costos para proteger su salud.
PETICIONES:
Reembolsarme el dinero que invertí en la compra de [Número] dosis de la vacuna Gardasil, que asciende a la suma total de [Valor total], por concepto de la negativa injustificada de su EPS.
Autorizar y suministrar de manera inmediata la dosis restante de la vacuna Gardasil para completar mi esquema de vacunación, siguiendo la prescripción de mi médico tratante.
Darme una respuesta escrita, clara y de fondo a la presente solicitud en el término legal de 15 días hábiles, explicando las razones por las cuales se me negó la vacuna y las acciones que tomarán para corregir esta situación.
Adjunto los siguientes documentos:
Copia de mi cédula de ciudadanía.
Copia de la historia clínica y la formulación médica de la vacuna.
Copia de las facturas de compra de la vacuna.
Copia de la respuesta de negación de la EPS (si la tiene).
Agradezco su pronta y favorable respuesta.
Atentamente,
[Tu Nombre Completo]
Consideraciones importantes:
La clave de este derecho de petición es la justificación médica específica de tu oncólogo. La vacuna no es un tratamiento contra el cáncer, pero la justificación debe argumentar por qué es necesaria para tu bienestar en el contexto de tu enfermedad (por ejemplo, para evitar complicaciones o protegerte de nuevos tipos de VPH que podrían afectar tu salud futura).
Si la EPS niega la petición, el siguiente paso es interponer una acción de tutela para proteger tu derecho fundamental a la salud. Para esto, sería muy útil contar con el acompañamiento de un abogado o una entidad como la Defensoría del Pueblo.
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